
Sentencia sobre lucro cesante en taxis: cuando reclamar de más acaba en condena en costas
Un cálculo erróneo del lucro cesante en taxis puede acabar en condena en costas. Sentencia en Málaga: de más de 3.000 € reclamados a 1.912 € reconocidos.
Cuando hablamos de lucro cesante en un procedimiento judicial, nos referimos a los ingresos netos dejados de percibir como consecuencia de un accidente o siniestro. El problema surge cuando la parte reclamante presenta cifras infladas o poco justificadas, lo que genera falsas expectativas y puede llevar a litigios innecesarios.
Un ejemplo muy ilustrativo es el de una reclamación reciente en la que se pedían más de 124.000 € en concepto de lucro cesante, basándose únicamente en anotaciones personales en una libreta. Este planteamiento, lejos de reflejar la realidad económica, se construía sobre datos unilaterales que no tenían respaldo contable ni fiscal.
Cuando un perjudicado calcula su pérdida económica en base a apuntes propios, sin documentación oficial que lo acredite, se expone a que el tribunal rechace su reclamación. Y con razón: la Ley 35/2015, en su artículo 143, exige que el lucro cesante se calcule sobre ingresos netos acreditados, deduciendo además las prestaciones percibidas durante la incapacidad temporal.
Por tanto, no basta con aportar notas privadas: el juez necesita un cálculo objetivo, documentado y contrastado.
En este caso, frente a una reclamación unilateral, se aplicó un método pericial riguroso:
Declaraciones fiscales como base: se analizaron los gastos declarados por el negocio en varios ejercicios, lo que ofrecía un punto de partida fiable.
Estadísticas oficiales: para estimar los ingresos reales, se recurrió a estudios del sector elaborados por organismos públicos, que establecían la relación media entre ingresos y aprovisionamientos.
Proyección de ingresos netos: aplicando esas proporciones a los datos fiscales del reclamante, se obtuvieron ingresos brutos aproximados y, tras descontar gastos variables, se calcularon los ingresos netos reales.
Deducción de prestaciones: se descontaron las cantidades ya percibidas en concepto de incapacidad temporal, evitando un enriquecimiento injusto.
El resultado fue muy distinto al planteado inicialmente: el lucro cesante real ascendía a unos 73.706 €, lo que suponía una reducción de más de 50.000 € respecto a lo reclamado.
Este ejemplo práctico deja varias conclusiones:
No se puede reclamar sin documentación objetiva: libretas o cálculos caseros no tienen validez frente a la ley.
El informe pericial es la herramienta clave: aporta un cálculo serio, basado en normativa, jurisprudencia y datos contrastados.
Las reclamaciones infladas pueden volverse en contra del demandante, al debilitar su posición y generar desconfianza.
La pericia técnica da seguridad a todas las partes: al cliente, a la aseguradora y al tribunal.
Un informe pericial bien elaborado no solo reduce reclamaciones infladas, también favorece acuerdos extrajudiciales y evita juicios largos y costosos. Al contar con un cálculo transparente y ajustado a la realidad, se genera confianza en la negociación y se evitan sorpresas en sala.
En definitiva, la enseñanza es clara: el éxito en una reclamación por lucro cesante no depende de inflar cifras, sino de demostrar con objetividad cuál es la pérdida real.
Un cálculo erróneo del lucro cesante en taxis puede acabar en condena en costas. Sentencia en Málaga: de más de 3.000 € reclamados a 1.912 € reconocidos.
Un informe pericial de lucro cesante bien hecho puede reducir una reclamación inflada y garantizar una indemnización justa. Sentencia reciente lo confirma.
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